Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de febrero, 2009

Archivo

Mostrar más

La Corte Constitucional frente a las renegociaciones indefinidas

Mediante la sentencia C-068 de 2009, la Corte Constitucional declaró inexequible un artículo de la Ley 1 de 1991, que establecía la posibilidad de que las concesiones portuarias fueran prorrogables por períodos de “hasta 20 años más y así sucesivamente”. Según el comunicado de prensa (el texto de la sentencia no se conoce todavía), “la posibilidad de que existan prórrogas sucesivas sin ninguna precisión, entraña,… una indeterminación irrazonable y desproporcionada, violatoria de la igualdad de oportunidades y libre concurrencia, así como de las libertades económicas, toda vez que abre la puerta a una ocupación ilimitada y perpetua de la concesión portuaria ya la ocupación permanente de bienes de uso público por parte de particulares”. A fin de entender la importancia de la Sentencia de la Corte, tengamos en cuenta algunos antecedentes. La Ley 1 de 1991, autorizó la participación privada en la construcción, mantenimiento y operación de los puertos. Se trataba de acabar con el nefasto mo

Invitación a otros colaboradores

Frente al interés manifestado por algunos, quiero decirles que "Economía y Políticas Públicas" está abierto a quien quiera colaborar. Si alguno de los lectores está interesado, no solo en comentar (esta opción ya está habilitada, sin censura), sino en escribir entradas, todo lo que tiene que hacer es enviarme un correo manifestando su interés . Yo procederé a habilitarlo. Inmediatamente después el interesado inscribe su contraseña, queda registrado, y de esa manera sus artículos aparecerán con su firma. Bienvenidos

Las huelgas en el sector público

Es necesario que la sociedad aclare las condiciones en que se puede ejercer el derecho de huelga en el sector público. La Corte Constitucional acaba de declarar inconstitucional el Decreto del Gobierno Nacional por medio del cual se declaró el estado de conmoción interior. Como se recuerda, este decreto fue expedido por el Gobierno para hacer frente a la huelga que se presentó en el poder judicial en Octubre del año anterior. Lo anterior me lleva a retomar un tema que había tratado en anteriores entradas ( ver aquí y aqui ) : el del derecho de huelga de los funcionarios públicos. La clarificación sobre las condiciones en que pueda ejercerse este derecho es de conveniencia común: el gobierno, los empresarios y los trabajadores ganarán con una definición más precisa de las reglas del juego. Por ello es legítimo que estos temas sean objeto de reflexión para un economista. Recordemos algunos puntos de partida que ya habíamos señalado: la huelga, o la amenaza de ella, puede en ocasiones ten

Un caso de abuso al consumidor

Los operadores de telefonía celular no deberían facturar a su consumidor las llamadas hechas por ellos y sobre los cuales el cliente no tiene ningún control. Una llamada que recibí ayer de un encuestador de Movistar preguntándome por la calidad del servicio me permitió recordar un incidente que tuve el año pasado con esta empresa y que puede mostrar las debilidades de las normas sobre protección al consumidor. A raíz de un viaje que realicé al exterior solicité activación del servicio de Roaming Internacional. A un costo del servicio de $6200 el minuto por llamada saliente y de $3000 llamada entrante, era consciente de que no podía utilizar el teléfono con la misma liberalidad con la que lo hago cuando estoy en Colombia. Este es el único caso en que existe en el país una excepción autorizada al principio “quien llama paga”. Estando ya fuera del país, comencé, desde el día siguiente a mi llegada, a recibir llamadas insistentes de la línea de servicio al cliente de Movistar para ofrecer

La restricción vehicular y el transporte público

Los esfuerzos que la Alcaldía Mayor de Bogotá le ha solicitado a los usuarios del automóvil particular tendrían más legitimidad si vinieran acompañados de normas tendientes a combatir la sobreoferta del transporte público. En mi anterior entrada , mencioné la importancia de que la Secretaría de Movilidad del Distrito publique los profundos estudios en que, según el alcalde Moreno, se basaron las medidas de choque tomadas por la alcaldía, incluida la extensión del Pico y Placa. He radicado un derecho de petición ante la Secretaría de Movilidad para solicitar los referidos estudios. Quiero analizar de buena fe los diagnósticos y recomendaciones allí contemplados, y publicar aquí mis conclusiones al respecto. No puedo sin embargo, pasar por alto la ausencia, en las disposiciones de choque, de medidas contra una de las causas principales de la congestión vehicular: la sobreoferta de vehículos de servicio público. Todo lo contrario: el paquete incluye un alivio a las restricciones que opera