Le fue concedida al autor de este blog una tutela para proteger el derecho de información frente a la Secretaría de Movilidad del Distrito. Pero todavía no disponemos de la información solicitada
Como les había informado a los lectores en una anterior entrada, desde el 29 de Enero radiqué en la Secretaría de Movilidad del Distrito un derecho de petición, solicitando los estudios en los que se basó la administración distrital para tomar las medidas de restricción vehicular más conocidas como ampliación del Pico y Placa. El señor Alcalde Mayor de la ciudad, había anunciado efectivamente, en entrevistar radiales concedidas el día 26 de Enero, que esta medida se había apoyado en profundos estudios realizados por expertos.
Transcurridos más de 45 días hábiles de haber enviado mi comunicación sin obtener respuesta, radiqué el pasado 17 de Marzo ante el juzgado administrativo de reparto de Bogotá, una solicitud para que se me tutelara el derecho a la información.
El pasado viernes 27 de Marzo recibí una carta, sin sobre ni radicación de salida, pero fechada el 13 de Febrero, firmada por el Dr Juan Carlos Tarquino, Director de Estudios Sectoriales y de Servicios de la Secretaría de Movilidad. En dicha carta, el Dr Tarquino me informa que debido a la gran cantidad de estudios que sustentan el paquete de medidas, “su reproducción sin antes saber qué documentos específicos usted desea tener podría generar el desperdicio de recursos”. Me envía a continuación un listado de “los diferentes estudios que sustentan la medida con el correspondiente número de páginas que contiene cada uno de ellos con el fin de que "nos informe cuáles requiere y pueda consignar en la Tesorería Distrital el valor correspondiente al número de fotocopías”.
La lista que me envía agrupa temas tales como Agendas regionales de movilidad (2062 folios), Centros de Logística (1162) SITP ( 7314 ) RAPS (3432), (¿qué querrán decir estas siglas?), informes de medición de tráfico 2008 (21267 ) y documentos Pico y Placa (195 páginas).
Dudaría mucho que el Alcalde o el Secretario de Movilidad se hubieran leído las más de 30000 páginas que me relacionaron. Un estudio sobre los costos económicos y sociales de la medida propuesta no debería ser muy largo. Debe sin embargo, ser lo suficientemente profundo, como para que las autoridades distritales se sientan seguras al inmovilizar el 40% de la inversión empresarial en pequeñas unidades de equipo de transporte y el 40% de los activos familiares en automóviles. Debo suponer por lo tanto que el volumen titulado “Documentos Pico y Placa” responde a mis expectativas. Por lo anterior, el lunes 30 respondí la carta del Dr Tarquino, solicitando copia de los 195 folios sobre el tema “Pico y Placa” mencionados. Le pedía que si consideraba que algunas secciones de los otros documentos relacionados contemplaban el tema de costos y beneficios de la inmovilidad, me lo informara, indicándome las páginas precisas donde estaría contenida esa información.
Le solicité nuevamente al Dr Tarquino que me informara el costo de las fotocopias o de los documentos magnéticos necesarios, y el procedimiento para su pago.
Hoy día recibí una comunicación del Juzgado Décimo Administrativo de Bogotá, en la cual se me informa que dicho despacho profirió sentencia en la que resolvió tutelar mi derecho fundamental de petición que me fue vulnerado por la Secretaría de Movilidad, en cabeza del Secretario de Movilidad. Se ordena a dicho funcionario a que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo “le informe al accionante el valor que deberá cubrir por el costo de cada copia solicitada, o el costo que deberá cubrir si se trata de reproducción magnética. Dentro de los tres días siguientes a la consignación del valor, debe el demandado entregar las copias mecánicas o magnéticas de los estudios adelantados".
Les seguiré contando la continuación de esta historia.
Como les había informado a los lectores en una anterior entrada, desde el 29 de Enero radiqué en la Secretaría de Movilidad del Distrito un derecho de petición, solicitando los estudios en los que se basó la administración distrital para tomar las medidas de restricción vehicular más conocidas como ampliación del Pico y Placa. El señor Alcalde Mayor de la ciudad, había anunciado efectivamente, en entrevistar radiales concedidas el día 26 de Enero, que esta medida se había apoyado en profundos estudios realizados por expertos.
Transcurridos más de 45 días hábiles de haber enviado mi comunicación sin obtener respuesta, radiqué el pasado 17 de Marzo ante el juzgado administrativo de reparto de Bogotá, una solicitud para que se me tutelara el derecho a la información.
El pasado viernes 27 de Marzo recibí una carta, sin sobre ni radicación de salida, pero fechada el 13 de Febrero, firmada por el Dr Juan Carlos Tarquino, Director de Estudios Sectoriales y de Servicios de la Secretaría de Movilidad. En dicha carta, el Dr Tarquino me informa que debido a la gran cantidad de estudios que sustentan el paquete de medidas, “su reproducción sin antes saber qué documentos específicos usted desea tener podría generar el desperdicio de recursos”. Me envía a continuación un listado de “los diferentes estudios que sustentan la medida con el correspondiente número de páginas que contiene cada uno de ellos con el fin de que "nos informe cuáles requiere y pueda consignar en la Tesorería Distrital el valor correspondiente al número de fotocopías”.
La lista que me envía agrupa temas tales como Agendas regionales de movilidad (2062 folios), Centros de Logística (1162) SITP ( 7314 ) RAPS (3432), (¿qué querrán decir estas siglas?), informes de medición de tráfico 2008 (21267 ) y documentos Pico y Placa (195 páginas).
Dudaría mucho que el Alcalde o el Secretario de Movilidad se hubieran leído las más de 30000 páginas que me relacionaron. Un estudio sobre los costos económicos y sociales de la medida propuesta no debería ser muy largo. Debe sin embargo, ser lo suficientemente profundo, como para que las autoridades distritales se sientan seguras al inmovilizar el 40% de la inversión empresarial en pequeñas unidades de equipo de transporte y el 40% de los activos familiares en automóviles. Debo suponer por lo tanto que el volumen titulado “Documentos Pico y Placa” responde a mis expectativas. Por lo anterior, el lunes 30 respondí la carta del Dr Tarquino, solicitando copia de los 195 folios sobre el tema “Pico y Placa” mencionados. Le pedía que si consideraba que algunas secciones de los otros documentos relacionados contemplaban el tema de costos y beneficios de la inmovilidad, me lo informara, indicándome las páginas precisas donde estaría contenida esa información.
Le solicité nuevamente al Dr Tarquino que me informara el costo de las fotocopias o de los documentos magnéticos necesarios, y el procedimiento para su pago.
Hoy día recibí una comunicación del Juzgado Décimo Administrativo de Bogotá, en la cual se me informa que dicho despacho profirió sentencia en la que resolvió tutelar mi derecho fundamental de petición que me fue vulnerado por la Secretaría de Movilidad, en cabeza del Secretario de Movilidad. Se ordena a dicho funcionario a que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo “le informe al accionante el valor que deberá cubrir por el costo de cada copia solicitada, o el costo que deberá cubrir si se trata de reproducción magnética. Dentro de los tres días siguientes a la consignación del valor, debe el demandado entregar las copias mecánicas o magnéticas de los estudios adelantados".
Les seguiré contando la continuación de esta historia.
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